Ley de Marina Mercante de 1920 (Ley Jones) — Sección 27: Disposiciones de Cabotaje
La Sección 27 de la Ley Jones de 1920 requiere que todo cargamento entre puertos de EE.UU. (incluyendo PR) viaje en buques construidos, poseídos, tripulados y abanderados por EE.UU. Los costos de envío a PR son el doble que a islas cercanas. Costo estimado: ~$1.1 mil millones anuales. Después de María, la exención duró solo 10 días. La ley transfiere riqueza de consumidores puertorriqueños a la industria marítima estadounidense.
Fuentes
- Merchant Marine Act 1920 - Cornell Law
https://www.law.cornell.edu/uscode/text/46/subtitle-V/part-D/chapter-551 - Jones Act Impact - Federal Reserve Bank of NY
https://www.newyorkfed.org/medialibrary/media/regional/PuertoRico/report.pdf